El IVA de las reformas: ¿pones el 10 % o el 21 %?
En 30 segundos: El IVA de una reforma es el 21 % por defecto. Solo baja al 10 % si se cumplen tres cosas a la vez: la vivienda tiene más de dos años, el cliente es un particular que la usa para vivir, y el material que pones no pasa del 40 % de lo que cobras. ¿Falla una? Pues 21 %. Aquí lo tienes con ejemplos para que no te la juegues.
¿El 10 % o el 21 % de IVA en una reforma?
Es la duda que más se repite cuando facturas una obra: ¿le pongo a esta reforma el 10 % de IVA o el 21 %? Y se entiende, porque la diferencia no es pequeña. En una factura de 3.000 €, hablamos de 330 € arriba o abajo. Equivocarte por exceso te deja caro frente a la competencia; equivocarte por defecto te puede costar un disgusto con Hacienda.
Así que vamos a dejarlo claro de una vez. La regla corta, la que tienes que grabarte: por defecto, el 21 %. El 21 % es el IVA general y es el que llevará la mayoría de tus trabajos. El 10 % no es lo normal: es una excepción que solo se aplica cuando se cumplen ciertas condiciones. Si no estás seguro de que tu obra entra en esa excepción, el camino seguro es el 21 %.
Lo que pasa es que esa excepción es muy habitual en el día a día de un reformista, un fontanero o un pintor: la reforma del baño de un piso, pintar una casa, cambiar las ventanas de un particular. Por eso merece la pena saber cuándo toca y cuándo no.
Las tres condiciones del 10 % (las tres, no dos)
Para que una reforma lleve el 10 %, la Ley del IVA (su artículo 91) pide que se cumplan tres condiciones a la vez. No dos. Las tres. Si falta una sola, vuelves al 21 %.
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La vivienda tiene más de dos años. La obra tiene que ser en una vivienda ya terminada y usada: que hayan pasado al menos dos años desde que se construyó o se rehabilitó por completo. Una reforma en un piso de hace veinte años entra; rematar un piso recién entregado por la promotora, no.
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El cliente es un particular que usa la vivienda para vivir. Tiene que ser una persona que destina esa casa a vivienda (suya o, por ejemplo, alquilada como vivienda). Si quien te contrata es una empresa, un promotor que va a revender, o la obra es en un local o una oficina, se cae el 10 %.
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El material que pones no pasa del 40 %. Esta es la que más gente desconoce, y la que más sustos da. Lo explico entera en el siguiente punto, porque tiene su miga.
Las tres son una cadena: basta que se rompa un eslabón para que toda la factura se vaya al 21 %. Por eso la pregunta no es “¿esto suele ser 10 %?”, sino “¿se cumplen las tres?”.
El lío del material: la regla del 40 %
Aquí es donde más gente se equivoca, así que despacio.
Para aplicar el 10 %, el coste de los materiales que aportas tú no puede superar el 40 % de la base de la factura (la base es lo que cobras sin el IVA). La idea de Hacienda es sencilla: el 10 % reducido es para premiar la mano de obra, no la venta de productos. Si en tu trabajo lo que pesa es el material y no las horas, deja de ser “un servicio de reforma” y pasa a ser, a ojos de Hacienda, casi una venta de cosas. Y las cosas van al 21 %.
Dos avisos importantes, que es donde llegan los sustos:
- El límite es del 40 % de la base, no del 40 % del material respecto a otra cosa. Calcula: material ÷ base. Si te sale más de 0,40, fuera el 10 %.
- Si te pasas del 40 %, se va al 21 % toda la factura, no solo la parte del material. No es que el material vaya al 21 % y la mano de obra al 10 %: es todo o nada.
¿Y qué cuenta como “material que aportas tú”? Lo que compras y pones: la caldera, las baldosas, la pintura, las ventanas. No cuentan los materiales que ponga el propio cliente por su cuenta.
Dos ejemplos para verlo claro
Nada se entiende mejor que con números. Vamos con dos.
Ejemplo 1 — pintar un piso (va al 10 %). Manolo pinta entero el piso de Doña Carmen, que tiene más de dos años y es donde ella vive. Le cobra 1.500 € de base. De esos, 200 € son de pintura y el resto es su trabajo. Hacemos la cuenta del material: 200 ÷ 1.500 = 13 %, muy por debajo del 40 %. Se cumplen las tres condiciones, así que:
- Base: 1.500,00 €
- IVA (10 %): 150,00 €
- Total: 1.650,00 €
Ejemplo 2 — cambiar toda la calefacción (va al 21 %). Ahora Manolo le cambia a otro cliente, también particular, la caldera y todos los radiadores de la casa. Le cobra 6.000 € de base, de los cuales 4.000 € son la caldera y los radiadores. La cuenta del material: 4.000 ÷ 6.000 = 67 %, muy por encima del 40 %. Aunque la vivienda y el cliente cumplan, el material manda: toda la factura va al 21 %.
- Base: 6.000,00 €
- IVA (21 %): 1.260,00 €
- Total: 7.260,00 €
Mismo gremio, mismo tipo de cliente, y un IVA distinto. La diferencia no es el capricho: es cuánto pesa el material. Por eso, antes de prometerle a nadie “te lo hago con el 10 %”, echa tú la cuenta del 40 %.
¿Y si es obra nueva o una rehabilitación entera?
Cuidado, porque esto ya es otra historia. Lo que hemos visto vale para reformas y reparaciones de una vivienda que ya existe. La obra nueva (una casa que se construye desde cero) y las rehabilitaciones integrales (tirar y rehacer media casa, no cambiar el baño) tienen sus propias reglas y sus propios requisitos, más finos.
Si lo tuyo es una obra de ese calibre, no te fíes de la regla del 40 % de este artículo: es un terreno donde conviene que lo mire tu gestor caso por caso antes de poner un tipo u otro. Aquí nos quedamos en lo del día a día: la reforma y la reparación de la vivienda de toda la vida.
El texto que pones en tu factura
Cuando la obra entra en el 10 %, tu factura es como cualquier otra; solo cambia el tipo — la anatomía completa de la factura de un oficio, con su ejemplo real, la tienes en cómo hacer una factura de fontanero. Así de simple queda el desglose:
Concepto: Reforma de cuarto de baño en vivienda (mano de obra y materiales).
Base imponible: 1.500,00 € IVA (10 %): 150,00 € Total: 1.650,00 €
Y un consejo de los que ahorran disgustos: cuando apliques el 10 %, guárdate las espaldas. Lo habitual es pedirle al cliente una nota firmada en la que diga que la vivienda es suya (o la usa como vivienda) y que tiene más de dos años. Si algún día Hacienda pregunta por qué pusiste el 10 %, ese papel responde por ti. No es burocracia por gusto: es la prueba de que la excepción se cumplía.
Preguntas rápidas
¿Qué IVA lleva una reforma? Por defecto, el 21 %. Baja al 10 % solo si se cumplen tres cosas a la vez: vivienda de más de dos años, cliente particular que la usa para vivir, y material que no pasa del 40 % de lo que cobras.
¿Qué es la regla del 40 %? Que el material que pones tú no puede superar el 40 % de la base. Si lo supera, toda la factura va al 21 %, no solo el material.
¿Una reforma en un local lleva el 10 %? No. El 10 % es solo para viviendas de particulares. Local, oficina o cliente empresa: 21 %.
¿Y si no estoy seguro? Aplica el 21 %. Es el tipo general y nunca te equivocas por ahí; el 10 % solo cuando tengas claras las tres condiciones.
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